Fondo Amortización de Aportes

¿Qué es el fondo de amortización de aportes?

La Amortización de Aportes es un fondo de carácter patrimonial, creado por disposición de la Asamblea General de Delegados, con destinación específica, constituido con recursos provenientes de la apropiación de los excedentes anuales, cuya finalidad es adquirir los aportes sociales de los asociados.

El fondo de amortización de aportes tiene como finalidad, entre otros objetivos, la generación de patrimonio institucional para mantener solidez a largo plazo y evitar la eventual descapitalización de la organización solidaria por efecto del retiro de aportes sociales  que se dé como resultado  de la desvinculación de asociados.

Con este fondo se pueden adquirir aportes de los asociados con el fin de aliviar la situación económica de aquellos que se encuentran en mora, mediante la compensación con sus obligaciones.

En aplicación del valor de la equidad y el principio de participación económica, se pueden adquirir parcialmente aportes de aquellos asociados que han tenido una permanencia de diez años o más en la Cooperativa y han hecho un gran esfuerzo económico para conformar el patrimonio de la misma, con miras a evitar que se retiren de COOPTRAISS al tener un monto de aportes considerable.

CASOS EN QUE PROCEDE LA AMORTIZACION DE APORTES.

La amortización de aportes procederá en los siguientes casos:

  1. Cuando un asociado se encuentre en mora en el cumplimiento de sus obligaciones económicas por cuotas de intereses o de capital de créditos, hasta el monto necesario para que sus obligaciones queden al corriente; una vez se hayan hecho previamente las respectivas compensaciones con sus ahorros. En este evento, el valor de los aportes adquiridos se utilizará exclusivamente para cancelar los saldos en mora, previa autorización del asociado.
  1. Cuando un Asociado se haya acogido a las medidas de alivio por la pandemia, para compensar con intereses o capital, hasta el monto adeudado; previa compensación con los ahorros que tenga en la cooperativa.
  1. Para adquirir aportes de los asociados que lleven mas de diez (10) años continuos en COOPTRAISS, hasta en un 70% del valor de sus aportes, siempre que dichos aportes no estén apalancando obligaciones con la Cooperativa o que estas tengan garantía real.